Cumplimiento con RoHS y WEEE

La Unión Europea ha aprobado la "Directiva 2002/95/CE sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas" (RoHS) y la "Directiva 2002/96/CE sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos" (RAEE) en lo que respecta a los aparatos eléctricos y electrónicos. Está previsto que ambas directivas entren en vigor el 1º de julio de 2006.

La directiva WEEE alienta a los fabricantes a producir productos respetuosos con el medio ambiente y les exige que se ocupen de la recogida, el reciclaje y la eliminación segura para el medio ambiente al final de la vida del producto. AstroNova cumple con la directiva WEEE.

La directiva RoHS es una contrapartida a las regulaciones de WEEE con exenciones para equipos médicos y de pruebas específicos. La RoHS requiere la eliminación o reducción de seis sustancias restringidas: Plomo, cadmio, cromo hexavalente, mercurio, bifenilos polibromados (PBB) y éter de difenilo polibromado (PBDE).

Mientras trabaja para lograr el cumplimiento del 100% de la directiva RoHS, el Grupo de Prueba y Medición de AstroNova está tomando la exención de los instrumentos de "vigilancia y control" establecida en la Directiva RoHS 2002/95/EC Artículo 1, sección 1 y la Directiva WEEE 2002/96/EC Anexo 1A, categoría nueve.

AstroNova considera el impacto de nuestros productos en el medio ambiente desde el concepto de diseño hasta la producción final, y tiene toda la intención de cumplir la directiva RoHS aunque nuestros productos estén exentos.

La empresa ha estado planificando estos nuevos requisitos y está invirtiendo un considerable capital industrial e intelectual para lograr el cumplimiento de la directiva RoHS. AstroNova continúa trabajando con nuestros proveedores de materias primas para asegurar la conformidad de los subconjuntos utilizados en nuestros productos.

La exención de RoHS se ha enumerado como referencia.

Directiva RoHS 2002/95/EC Artículo 2, Sección 1
Artículo 2
Alcance

1. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 6, la presente Directiva se aplicará a los aparatos eléctricos y electrónicos pertenecientes a las categorías 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 10 que se recogen en el anexo IA de la Directiva 2002/96/CE (RAEE), así como a las bombillas eléctricas y a las luminarias de los hogares particulares.

Directiva RAEE 2002/96/CE Artículo 2, Sección 1
Anexo 1A: Categoría 9
Instrumentos de vigilancia y control

"Otros instrumentos de vigilancia y control utilizados en instalaciones industriales"